El gobernador Claudio Vidal creó mediante el decreto 924/2026, un programa para emitir títulos públicos en el mercado local de capitales por hasta $450.000 millones. Los fondos tendrán destino exclusivo a los fines de la Ley 3695. Economía definirá monto, tasa y plazo de cada serie y podrá ceder en garantía la coparticipación federal.
El Gobierno de Santa Cruz creó el “Programa de Títulos Públicos en el Mercado Local de Capitales de la Provincia de Santa Cruz”, con un tope de $450.000.000.000. La medida consta en el Decreto N° 924, firmado en Río Gallegos el 5 de septiembre de 2026 y publicado el 24 de septiembre en el Boletín Oficial (año LXXI, N° 6158).
El monto es el techo autorizado del programa, no una emisión ya colocada. Bajo ese marco podrán salir distintas series o clases de títulos.Los recursos tienen destino exclusivo a los fines del artículo 1° de la Ley provincial N° 3695, que habilita operaciones de crédito público para, entre otros usos, refinanciar o reestructurar deuda, cubrir desequilibrios acumulados de la Administración provincial, financiar organismos y empresas del Estado, asistir a municipios, y financiar obras de infraestructura o proyectos provinciales, municipales o privados que contribuyan al desarrollo. El decreto no asigna de antemano los $450.000 millones a una obra concreta.
Se aprueban los términos generales del programa, según el Anexo I de la norma. El Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura queda facultado para definir el resto: conveniencia y oportunidad de cada serie, tasa de interés, tasa de corte, margen, plazo, precio de emisión y condiciones particulares. También puede declarar desierta, total o parcialmente, cada licitación.
El mismo ministerio podrá suscribir convenios y contratos, contratar agentes colocadores, asesores legales y calificadoras de riesgo, pedir el listado o la negociación de los títulos en mercados autorizados de la República Argentina y dictar las normas reglamentarias, aclaratorias e interpretativas. Queda habilitada la contratación de organizador, estructurador y colocador.
Economía deberá hacer las adecuaciones presupuestarias para registrar el ingreso de lo colocado y para incorporar los créditos del servicio de esa deuda. Gastos, contrataciones e intereses se imputarán a la Jurisdicción 90 – Servicio de la Deuda Pública (SAF 355 – Deuda Pública).
El decreto autoriza la cesión en garantía del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos (Ley N° 23.548) o del que en el futuro lo reemplace, en los términos que fije la resolución ministerial que apruebe cada llamado a licitación.
Santa Cruz dejó instrumentado un programa para emitir deuda en pesos en el mercado local, por hasta $450.000 millones, con destino atado a la Ley 3695, operatoria a cargo de Economía y posibilidad de garantizar las series con coparticipación. La primera colocación concreta dependerá de las resoluciones y licitaciones que dicte el ministerio.
La Tecla Patagonia

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