20 de febrero de 2026

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Hablemos de Bullying: Que es la ley N° 26.892?

La Ley N.º 26.892 para la Promoción de la Convivencia y el Abordaje de la Conflictividad Social en las Instituciones Educativas propone orientación y lineamientos para tratar estas situaciones y fortalecer los vínculos en las escuelas. Conoce más sobre bullying en esta nota.

¿Qué es el bullying?

Es el acoso físico o psicológico que los compañeros y compañeras de escuela hacen a otro alumno o alumna.

¿Qué establece esta ley?

Establece criterios para tratar los conflictos dentro de las escuelas de todos los niveles del sistema educativo nacional.

¿Cuáles son los principios de esta ley?

  • Respetar la dignidad e intimidad de las personas.
  • Reconocer los valores, creencias e identidades culturales de todas las personas.
  • Rechazar toda forma de discriminación, hostigamiento, violencia y exclusión entre los integrantes de la comunidad educativa, incluso si se cometen virtualmente.
  • Utilizar el diálogo para identificar y resolver los problemas de convivencia.
  • Ubicar e identificar las transgresiones en las circunstancias en que se producen, teniendo en cuenta la visión de las personas que intervinieron.
  • Respetar el derecho del estudiante a ser escuchado y a defenderse en situaciones de transgresión a las normas establecidas.

¿Qué objetivos persigue la ley?

  • Garantizar el derecho a una convivencia pacífica, libre de violencia física y psicológica.
  • Evitar la discriminación.
  • Fomentar la cultura de la paz.
  • Evitar el maltrato físico o psicológico.
  • Promover que las instituciones educativas elaboren o revisen sus normas de convivencia.
  • Promover la creación de equipos especializados y fortalecer los existentes para prevenir e intervenir en situaciones de violencia.

Normas de convivencia

¿Cuáles son los principios que deben seguir las normas de convivencia en las instituciones educativas del país?

  • Respetar la vida, los derechos y responsabilidades de cada persona.
  • Resolver los conflictos de manera no violenta.
  • Aceptar las diferencias.
  • Garantizar la participación de alumnos y alumnas en la vida institucional de la escuela.
  • Establecer un sistema de sanciones formativas que sirva a alumnos y alumnas para hacerse responsables progresivamente de sus actos.

¿Se puede limitar de algún modo la participación en la vida educativa?

No. Está expresamente prohibida cualquier norma o medida que limite el derecho de docentes, estudiantes o sus familias a participar en la vida educativa institucional.

¿Existe algún tipo de límite a las sanciones que se pueden imponer a los alumnos y alumnas?

Sí. Quedan expresamente prohibidas las sanciones que atenten contra el derecho a la educación o que impidan la continuidad de los alumnos y alumnas en el sistema educativo.

Hecha la ley, hecha la trampa. La ley N°26.892 evidentemente no se cumple en Perito Moreno hace años; y no lo escribimos nosotros, lo hace la comunidad de Perito Moreno a través de las redes sociales, a través de nuestros medios porque no encuentran lugar en las autoridades educativas, institucionales o provinciales. Si naturalizamos que el bullying siempre existió, no estamos haciendo lo correcto, debemos comprender que las leyes hay que cumplirlas, amen de que nadie las quiera cumplir.