El Ministerio de Trabajo provincial sancionó al gremio educativo con una multa superior a los 126 millones de pesos por no acatar una conciliación obligatoria y sostener medidas de fuerza en julio de 2025, en medio de negociaciones salariales con el Consejo Provincial de Educación.
La Asociación de Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) rechazó la multa aplicada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia, por incumplir la conciliación obligatoria, y cuestionó la medida por considerarla injusta. En esa línea, el sindicato reiteró el reclamo de convocatoria a paritarias para discutir salarios y condiciones laborales.
El secretario general de la filial Río Gallegos, Juan Valentín, sostuvo que “la notificación de una multa al sindicato no fue la respuesta que esperábamos frente al pedido de que el gobierno hiciera un llamado a paritaria». Reiteró la necesidad de abrir el diálogo y sostuvo que “resultó preocupante la notificación de la aplicación de esta multa”.
Adelantó que harán nuevas presentaciones formales ante el Estado provincial y detalló que “vamos a insistir con la presentación del pedido de paritaria ante el Ministerio de Trabajo y a recordar que estamos en Río Gallegos esperando la notificación del Gobierno respecto de la realización de esta paritaria, mientras nuestros abogados trabajan en las presentaciones legales para exigir la nulidad de esta multa”.
Ayer, el Gobierno de Santa Cruz informó la aplicación de una multa a ADOSAC por incumplir una conciliación obligatoria dictada en el marco del conflicto docente del año pasado. La sanción fue establecida mediante una resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, firmada el 13 de enero de 2026, y asciende a 126.714.480 pesos.
Según detalla la resolución oficial, la conciliación obligatoria había sido dispuesta de oficio el 7 de julio de 2025 entre el Consejo Provincial de Educación (CPE) y el gremio docente, en el marco de la Ley Provincial 2.450 de Procedimiento Administrativo en lo Laboral. En ese contexto, se intimó a las partes a cesar de inmediato las medidas de acción directa para habilitar una instancia de negociación.
No obstante, el Ministerio de Trabajo consideró acreditado que ADOSAC resolvió llevar adelante un paro sectorial de 48 horas los días 7 y 8 de julio de 2025, es decir, durante la vigencia de la conciliación obligatoria que ya había sido debidamente notificada. Las medidas de fuerza, de acuerdo con la documentación incorporada al expediente, provocaron la suspensión de clases en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial.
El Gobierno sostuvo que la existencia del paro fue un hecho público y notorio, ampliamente difundido por distintos medios de comunicación, y respaldado además por informes oficiales del Consejo Provincial de Educación. En ese sentido, se detalló que el primer día de paro adhirieron 8.185 docentes sobre un total de 14.121, mientras que el segundo día lo hicieron 8.621 sobre un universo de 13.924 trabajadores de la educación.
A partir de estos antecedentes, el Ministerio confeccionó un dictamen acusatorio y otorgó al sindicato el derecho a efectuar su descargo, el cual fue presentado a fines de agosto de 2025. En esa instancia, ADOSAC reiteró su rechazo a la conciliación obligatoria, cuestionando la competencia del Ministerio para dictarla y sosteniendo que se trataba de una limitación arbitraria al derecho de huelga.
La resolución rechaza esos argumentos y recuerda que la obligatoriedad de la conciliación ha sido ratificada en reiteradas oportunidades por la Justicia provincial. Cita fallos de primera instancia y de la Cámara de Apelaciones que establecieron que la conciliación obligatoria no es un procedimiento voluntario y que su incumplimiento constituye una conducta antijurídica pasible de sanción.
En el texto, el Gobierno provincial también remarca el impacto de las medidas de fuerza sobre el derecho a la educación, al señalar que la suspensión de clases afectó el normal desarrollo del ciclo lectivo y las trayectorias escolares de niños, niñas, adolescentes y adultos. Asimismo, se menciona que durante el primer semestre de 2025 se registraron 23 días de paro, pese a la existencia de un acuerdo paritario vigente con impacto salarial hasta enero de 2026.
Si bien la normativa habilitaba la aplicación de una multa de magnitud considerable, calculada en función del salario de referencia y la cantidad de docentes adheridos a las medidas, el Ministerio resolvió finalmente reducir el monto y fijar la sanción en el equivalente a cien salarios de la categoría Maestranza Inicial “A”, por considerar ese valor razonable y proporcional.
La resolución establece que ADOSAC deberá abonar la multa dentro de las 48 horas de notificada la sanción y advierte que, en caso de incumplimiento, se avanzará con el cobro por vía judicial. Desde el Gobierno señalaron que el objetivo de la sanción no es limitar los derechos sindicales, sino garantizar el cumplimiento de la ley, preservar la paz social y resguardar el derecho a la educación.
La Tecla Patagonia

Más Info
Diputados de Unión por la Patria no darían acuerdo a la designación de Baños
Coparticipación, austeridad y cuentas en revisión: el mensaje del Gobierno a los municipios
Gustavo Basiglio, AMET: “El salario docente tiene que recuperarse en un 30%”